Escribe Marcelo Espiñeira. El apogeo de la denominada economía colaborativa ha propiciado la aparición de plataformas en internet que en algunos casos se han aprovechado de ciertos vacíos en las legislaciones locales. Tal es el caso de la aplicación Uber , suspendida en España por generar competencia desleal con los taxis, o últimamente Airbnb , aquella que facilita el alquiler de pisos turísticos entre particulares. El consumo colaborativo busca propiciar, en teoría, un intercambio directo entre compradores y vendedores, siempre marcado por la confianza. La reputación de los participantes en estas operaciones es el elemento distintivo. Este rasgo en sí mismo no debería alertar a nadie ya que apunta a mejorar las experiencias de los consumidores. El problema más bien radica en cómo se desarrollan estas operaciones y qué cantidad de normas se saltan en el desarrollo de estos intercambios.